Un decreto especifica las actividades que deben continuar desarrollándose a partir de hoy

No será objeto de aplicación el permiso retribuido regulado en el presente Real Decreto Ley 10/2020, de 29 de marzo de 2020, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19, a las siguientes personas trabajadoras por cuenta ajena:

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Ceuta, Miercoles 09 de Septiembre del 2026

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