El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía dicta una importante sentencia sobre la figura jurídica del rechazo en frontera, comúnmente conocida como devolución en caliente. Desde que la ley de protección de la seguridad ciudadana introdujo esta figura jurídica, el ejecutivo ha venido aplicándola en Ceuta y Melilla sin límite geográfico, no solo en el perímetro fronterizo de la valla, sino también en el mar, en islotes y archipiélagos o en el centro de la ciudad. Contra esta práctica ya se han dictado dos sentencias por los Juzgados de Ceuta que fueron recurridas por la Abogacía del Estado.