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Caballas propondrá en el pleno del próximo lunes considerar como mérito preferente para la participación en los planes de empleo gestionados por la Ciudad Autónoma de Ceuta, ser mayor de 55 años y tener un período de cotización a la Seguridad Social inferior en no más de dos años al mínimo exigible para el derecho a la pensión de jubilación contributiva, o haberlo completado y no reunir el requisito de que al menos dos años de ese período estén comprendidos dentro de los quince anteriores a la fecha de cumplimiento de la edad exigible en cada momento para el acceso a la pensión de jubilación en su modalidad contributiva.

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Ceuta, Miercoles 26 de Agosto del 2026

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