Caballas ha asegurado hoy en un comunicado que el pasado trece de octubre de dos Caballas presentó ante el Juzgado de Guardia una denuncia por el incendio de 30 hectáreas producido en el “Monte de la Tortuga”, el día 5 de octubre, que afectó a un Espacio Natural Protegido de “alto valor ecológico”, y cuya causa fue “un ejercicio de tiro con balas trazadoras”, lo que suponía una infracción de la Ley de Montes.
Caballas ha asegurado hoy en un comunicado que el pasado trece de octubre de dos Caballas presentó ante el Juzgado de Guardia una denuncia por el incendio de 30 hectáreas producido en el “Monte de la Tortuga”, el día 5 de octubre, que afectó a un Espacio Natural Protegido de “alto valor ecológico”, y cuya causa fue “un ejercicio de tiro con balas trazadoras”, lo que suponía una infracción de la Ley de Montes.
Con fecha de hoy hemos tenido conocimiento de la decisión del Juzgado Togado Central nº2 de Madrid de “archivar las actuaciones”.
Caballas no puede compartir ni aceptar esta decisión, teniendo en cuenta la gravedad de los hechos, el perjuicio ocasionada al patrimonio ecológico de todos los ceutíes, y las evidencias que obran en el expediente (incumplimientos de normar e instrucciones diversas), así como la reiteración de hechos muy similares en el transcurso de loa últimos años.
En consecuencia Caballas, en su calidad de denunciante, y al amparo de los dispuesto en el artículo 143 de la Ley Orgánica 2/89n Procesal Militar, apelará la decisión del archivo de la causa; sin menoscabo de las responsabilidades administrativas que se pudieran derivar del expediente abierto por la Consejería a tal efecto.
Caballas considera que la Ciudad, en tanto que “perjudicado” (competente en materia de Medio Ambiente y por tanto representante del interés general de todos los ceutíes) debería ejercer la facultad de apelar contemplada en idéntico artículo.



