Los Colegios de Arquitectos son percibidos, a menudo, como simples asociaciones cuyo único fin es recaudar y defender los supuestos “privilegios” de los arquitectos. Esa percepción se acrecentó durante los años del “boom” inmobiliario donde las firmas de los visados se consideraban unos impuestos que todo proyectos y los promotor debía abonar para construir. Lo cierto es que los arquitectos por la Ley 2/1974 sobre Colegios Profesionales (con nos regulamos sus múltiples modificaciones posteriores) en la que se establecen nuestras funciones, entre las que destacan:
Los Colegios de Arquitectos son percibidos, a menudo, como simples asociaciones cuyo único fin es recaudar y defender los supuestos “privilegios” de los arquitectos. Esa percepción se acrecentó durante los años del “boom” inmobiliario donde las firmas de los visados se consideraban unos impuestos que todo proyectos y los promotor debía abonar para construir. Lo cierto es que los arquitectos por la Ley 2/1974 sobre Colegios Profesionales (con nos regulamos sus múltiples modificaciones posteriores) en la que se establecen nuestras funciones, entre las que destacan:
Artículo quinto.
Corresponde a los Colegios Profesionales el ejercicio de las siguientes funciones, en su ámbito territorial:
- Cuantas funciones redunden en beneficio de la protección de los intereses de los consumidores y usuarios de los servicios de sus colegiados
- Ejercer cuantas funciones les sean encomendadas por la Administración y colaborar con ésta mediante la realización de estudios, emisión de informes, elaboración de estadísticas y otras actividades relacionadas con sus fines que puedan serles solicitadas o acuerden formular por propia iniciativa.
- Participar en los Consejos u Organismos consultivos de la Administración en la materia de competencia de cada una de las profesiones.
- Organizar actividades y servicios comunes de interés para los colegiados, de carácter profesional, formativo, cultural, asistencial y de previsión y otros análogos, proveyendo al sostenimiento económico mediante los medios necesarios
Pues bien, a pesar de las singularidades extrapeninsulares de Ceuta y al reducido número de colegiados (actualmente 37), el COACE ha intentado siempre cumplir sus funciones, realizando un seguimiento de la aplicación de las distintas de la Administración, así como del planteamiento urbanístico y de los proyectos, organizando conferencias, exposiciones y jornadas técnicas y ofreciendo los servicios del Colegio como instrumento de apoyo administrativo y de asesoramiento técnico
Además de la labor ante la sociedad ceutí, el COACE tiene también representación nacional al ser nuestro decano, consejero de un organismo de suma importancia en el desarrollo legislativo en lo concerniente al urbanismo y la arquitectura: el Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España (CSCAE). Algunas de sus funciones vienen recogidas en el artículo 2 de la Ley 2/1974 sobre Colegios Profesionales:
Los Consejos Generales y, en su caso, los Colegios de ámbito nacional informarán preceptivamente los proyectos de ley o de disposiciones de cualquier rango que se refieran a las condiciones generales de las funciones profesionales entre las que figurarán el ámbito, los títulos oficiales requeridos, el régimen de incompatibilidades con otras profesiones y el de honorarios cuando se rijan por tarifas o aranceles.
Nuestra presencia en Madrid no es solo testimonial. Por ejemplo, del 2002 al 2005, nuestro decano fue responsable de la Comisión de Medio Ambiente del CSCAE, representando al mismo en el ámbito nacional e internacional. Y si no se hemos participado en más organismos nacionales e internacionales, como la Unión Internacional de Arquitectos, es porque el COACE no ha tenido los recursos necesarios para financiar los viajes de su representante, lo cual es una pena, porque tal y como demostramos con la exposición sobre la Evolución Urbana de Larache (con la presencia de autoridades de dicha ciudad), el Colegio podría haber ayudado a establecer una serie de relaciones, no oficiales, con instituciones del país vecino, que hoy en día podrían haber sido muy útiles.
La participación en instituciones a nivel nacional no es por tanto exclusiva de nuestra Administración local y deriva de nuestro Estatuto de Autonomía, su pervivencia debiera ser una prioridad para nuestras autoridades, ya que renunciar a ese derecho sería como renunciar a nuestro estatus jurídico como Ciudad Autónoma.
A día de hoy, y como consecuencia de la crisis económica, del conflicto fronterizo y de la gestión urbanística por parte de nuestras autoridades, el COACE se está planteando el cierre de su sede y la incorporación a una demarcación de Andalucía, con la correspondiente pérdida de representación en el CSCAE y en la propia ciudad. Si aún no hemos tomado esa decisión es por nuestro convencimiento de la importancia que nuestra labor tiene para la sociedad ceutí, pero si no se solucionan algunos de los principales problemas que acucian al urbanismo en Ceuta, tendremos que tomar la decisión de cerrar.

