La titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta ha exonerado a Javier Guerrero de los delitos de calumnia e injurias por los que había sido acusado. Las acusaciones se originaron tras unas manifestaciones realizadas por Guerrero en septiembre de 2022 frente a la Jefatura Superior de Policía, donde señaló a responsables de los centros de menores La Esperanza como autores de coacciones y amenazas a menores extranjeros no acompañados (MENAs) para que le denunciaran.
La titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta ha exonerado a Javier Guerrero de los delitos de calumnia e injurias por los que había sido acusado. Las acusaciones se originaron tras unas manifestaciones realizadas por Guerrero en septiembre de 2022 frente a la Jefatura Superior de Policía, donde señaló a responsables de los centros de menores La Esperanza como autores de coacciones y amenazas a menores extranjeros no acompañados (MENAs) para que le denunciaran.
El fallo judicial, emitido tras el juicio celebrado la pasada semana, determina que Guerrero convocó intencionadamente a los medios en la puerta de la sede policial, portando un documento con anotaciones y acompañado por un grupo de personas. No obstante, la jueza concluye que no se ha probado que durante esa comparecencia se produjeran los delitos que se le atribuían.
En el acto judicial, Guerrero defendió que sus declaraciones tenían como objetivo informar a la ciudadanía sobre lo que describió como una campaña de desprestigio en su contra. Según explicó, las afirmaciones realizadas estaban basadas en información que le habrían proporcionado trabajadores del centro y los propios menores que acudían a su consulta.
El querellante, responsable del Centro Samu-La Esperanza, argumentó que las declaraciones de Guerrero le señalaban directamente, aunque el acusado evitó mencionar nombres concretos en su intervención pública.
La magistrada sostuvo que las afirmaciones de Guerrero no constituyen calumnia, ya que no existe una imputación clara y directa contra una persona identificable. Para que se produzca este delito, indicó, es necesario que la acusación de un delito sea precisa y evidente, algo que no se cumplió en este caso.
Asimismo, el tribunal determinó que no quedó probado que Guerrero actuara con conocimiento de la falsedad de sus palabras o con desprecio manifiesto hacia la verdad. La resolución subraya que las expresiones utilizadas, como “coacciones” o “extorsiones”, aunque graves, no identificaron de manera inequívoca al querellante.
En cuanto al delito de injurias, la jueza concluyó que las declaraciones del acusado carecían de la intensidad ofensiva necesaria para ser consideradas graves. Destacó que el discurso de Guerrero, aunque realizado en un tono de indignación y enfado, no incluía expresiones insultantes o vejatorias contra el querellante.
La defensa de Guerrero argumentó que las declaraciones se enmarcaban en el derecho a la libertad de expresión y respondían a la necesidad de defenderse públicamente frente a las acusaciones que consideraba infundadas. Esta postura fue respaldada en el fallo judicial, que reconoció el carácter defensivo de sus palabras.
La sentencia pone fin a este proceso judicial al considerar que las manifestaciones realizadas por el exlíder de Ceuta Avanza no cumplían los requisitos legales para ser consideradas delitos de calumnia o injurias. Con este dictamen, la Justicia respalda la versión del acusado, quien había insistido en que sus palabras respondían únicamente a la defensa de su imagen pública frente a lo que percibía como una campaña de desprestigio.
