El Gobierno de la Ciudad informa ayer de la apertura del plazo de convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a financiar proyectos empresariales para impulsar la creación, el crecimiento, expansión e internacionalización de empresas innovadoras de base tecnológica o start-up.
El Gobierno de la Ciudad informa ayer de la apertura del plazo de convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a financiar proyectos empresariales para impulsar la creación, el crecimiento, expansión e internacionalización de empresas innovadoras de base tecnológica o start-up.
Podrán obtener la condición de beneficiario las Pymes que se encuentren en la situación que fundamente el objeto de la concesión de la subvención, de conformidad con lo establecido en las Bases Reguladoras Generales y en las específicas de aplicación.
Se consideran proyectos subvencionables aquellas actuaciones realizadas por las start-up o pymes, directamente relacionadas con el desarrollo de su actividad principal y que posibiliten su creación, crecimiento, expansión e internacionalización.
Toda inversión inicial emprendida por el mismo beneficiario (a nivel de grupo) en un período de tres años a partir de la fecha de inicio de los trabajos en otra inversión que recibe ayuda en Ceuta se considerará parte de un proyecto de inversión único.
Cuando tal proyecto de inversión único sea un gran proyecto de inversión, el total de la ayuda para el proyecto de inversión único no superará el importe máximo de ayuda para grandes proyectos de inversión.
Quedan excluidas del ámbito de los proyectos subvencionables:
- Los proyectos destinados al servicio de transporte público.
- En ningún caso se consideran subvencionables los vehículos, naves, aeronaves y similares, constituyan o no la actividad empresarial propia del solicitante.
- Se excluye la adquisición de bienes y servicios que puedan ser considerados como mercancía por la cual la empresa obtenga beneficios según su actividad, así como bienes o mobiliario suntuoso o de lujo.
- Las actividades de venta y/o alquiler de inmuebles.
La modificación de las bases reguladoras fue publicada en el BOCCE número 6.492 de fecha 4 de marzo de 2025.
El importe de los créditos disponibles para atender las ayudas y subvenciones relativas a fomentar las actividades de empresas con base tecnológica, intensivas en servicios digitales, en el marco del Programa FEDER 2021-2027, Objetivo Político 1. Programa de incentivos para la creación y/o ampliación de proyectos empresariales innovadores dentro del Objetivo Específico 1.3, para la primera convocatoria, indicada en el apartado anterior, será de 650.000 euros. No podrán otorgarse subvenciones por cuantía superior a la determinada en las distintas convocatorias.
Tendrán la consideración de subvencionables las inversiones realizadas desde el 3 de junio de 2024.
