El Tribunal Administrativo del Deporte ha decidido no admitir el recurso interpuesto por el Club CD Rayo Ceuta para que pueda participar en la Segunda División de Fútbol-sala femenino ya que la solicitud de esta entidad “no está incluida en el ámbito material de la competencia de este tribunal”.
El Tribunal Administrativo del Deporte ha decidido no admitir el recurso interpuesto por el Club CD Rayo Ceuta para que pueda participar en la Segunda División de Fútbol-sala femenino ya que la solicitud de esta entidad “no está incluida en el ámbito material de la competencia de este tribunal”.
El citado tribunal ha decidido según en la resolución adoptada en este pasado viernes “inadmitir el recurso interpuesto por D. Raúl Guerrero en nombre y representación del Club CD Rayo Ceuta en su calidad de Secretario contra la comunicación del Comité Nacional de Fútbol sala de la Real Federación Española de Fútbol de 2 de agosto de 2016”.
En la citada comunicación del pasado 2 de agosto la Federación respondió al presidente del CD Rayo Ceuta que su “equipo no ha podido ser admitido habida cuenta que su inscripción llegó fuera de los plazos establecidos por la norma reglamentaria que regula la competición”.
Según informa el TAD, la “presente resolución es definitiva en vía administrativa, y contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo, con sede en Madrid, en el plazo de dos meses desde su notificación”.



