OCU presenta una queja ante el Consejo General del Poder Judicial por la actuación del juez en el caso contra Apple
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La Organización de Consumidores y Usuarios considera que la actitud de la Magistrada provocará un retraso injustificado en el procedimiento que se sigue contra Apple y que el mismo se podría haber evitado, si la causa de abstención alegada por la citada Juez se hubiera puesto de manifiesto al inicio del proceso.

La Organización de Consumidores y Usuarios considera que la actitud de la Magistrada provocará un retraso injustificado en el procedimiento que se sigue contra Apple y que el mismo se podría haber evitado, si la causa de abstención alegada por la citada Juez se hubiera puesto de manifiesto al inicio del proceso.

El pasado 2 de diciembre de 2020, la Organización presentó un escrito de solicitud de Diligencias Preliminares en los Juzgados de lo Mercantil de Madrid contra Apple Retail Spain, S.L.U.

El objetivo de dichas Diligencias es la preparación de una demanda colectiva por obsolescencia programada para la cual se solicitó la exhibición de ciertos datos y documentos que obran en poder de la otra parte, es decir, Apple.

Ya en el encabezado del citado escrito de OCU se explicaba que el objeto de las mismas versaba sobre los terminales iPhone 6 y toda su familia.

Pues bien, la juez a la que se le ha asignado este procedimiento, cuatro meses después de recibirlo en su despacho, esto es el 5 de abril de 2021, dicta un Auto de abstención al considerar que pudiera existir conflicto de interés, por ser titular de un iPhone 6, justo como acto inmediatamente posterior a recibir la oposición de Apple a la práctica de las diligencias de referencia.

Sobre esta abstención tiene que resolver la Audiencia Provincial de Madrid.

Durante esos cuatro meses, el Juzgado ha requerido a OCU para aportar el original del poder para pleitos, se ha prestado la caución exigida e incluso se ha debatido sobre la competencia de los Juzgados de lo Mercantil, de manera que no hay excusa sobre el conocimiento de los hechos alegados.

Por lo tanto, es obvio que la Magistrada tuvo conocimiento de que las Diligencias Previas solicitadas se dirigían frente a Apple y, en concreto, sobre los teléfonos móviles iPhone 6 como muy tarde en fecha 25 de febrero de 2021 cuando dicta el Auto por el que declara competente al Juzgado de lo Mercantil de Madrid.

Es altamente gravoso para OCU que la Magistrada no se abstuviera de continuar con el proceso en cuanto tuvo ocasión de hacerlo y no cuando Apple se opone a las Diligencias Preliminares, porque, por una parte, ha hecho que OCU preste una caución que quizá otro juzgado considere innecesaria, ha hecho que OCU desvele la estrategia judicial contra Apple, y dado los tiempos que se manejan en la Justicia y, más con el colpaso de los Juzgado de lo Mercantil, un mero retraso de dos meses, más lo que tarde la Audiencia Provincial en resolver la abstención planteada produce un efecto en cascada que puede hacer que unas meras Diligencias Previas se alarguen más de un año.

Más allá de esto, la actitud de la Magistrada y la administración de justicia a la que representa, genera una desconfianza tal en los miles de consumidores afectados, que consideramos ha de ser elevado ante el Consejo General del Poder Judicial, para que tome las medidas oportunas.

OCU espera que la causa de abstención se resuelva con agilidad por la Audiencia Provincial y que el perjuicio a nuestros consumidores afectados sea el mínimo posible.

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Ceuta, Miercoles 16 de Septiembre del 2026

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