Imagen del colegiado Medina Martín instantes antes de suspender el Ceuta - Gerena. Foto FJC
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Nuevo capítulo en el encuentro suspendido entre la AD Ceuta FC y el CD Gerena. El Juez Único decidió la reanudación del encuentro y que el Comité de Árbitros de la RFAF corriese con los gastos, ahora Apelación ha estimado el recurso formulado por el Comité Andaluz de Árbitros, ordenando la retroacción del expediente federativo y anulando dicha resolución.

Nuevo capítulo en el encuentro suspendido entre la AD Ceuta FC y el CD Gerena. El Juez Único decidió la reanudación del encuentro y que el Comité de Árbitros de la RFAF corriese con los gastos, ahora Apelación ha estimado el recurso formulado por el Comité Andaluz de Árbitros, ordenando la retroacción del expediente federativo y anulando dicha resolución.

Cuando ya el Juez Único de Competición decidió que el encuentro que se suspendió el pasado 29 de noviembre en el descanso por el colegiado Medina Martín, ahora se abre un nuevo capítulo ya que el Comité de Árbitros de la RFAF recurrió dicha resolución al Comité de Apelación de la RFEF.

Dicho Comité ha resuelto que "observa que en el Acuerdo adoptado por el Juez de Competición, se han determinado una serie de sanciones derivadas de incidentes acaecidos que llevaron al árbitro a decretar la suspensión del mismo".

Además, continúa que se observa también "la ausencia de traslado del expediente al Comité Técnico Andaluz de Árbitros para que en su caso efectuase las alegaciones que estimase oportunas y no ser objeto y sujeto de indefensión, todo ello comprobado que a dicho Comité es al ente al que se han imputado los gastos propios de la reanudación del encuentro que comprende no solamente el desplazamiento arbitral, sino el dle CD Gerena". Recalca además que "todo ello teniendo en consideración que los clubes implicados si han tenido la posibilidad legalmente reconocida de ejercitar su derecho de defensa o efectuar las alegaciones que han tenido por conveniente".

Así el Comité de Apelación de la RFEF ha acordado "estimar el recurso formulado por el Comité Técnico Andaluz de Árbitros, ordenando la retroacción del expediente federativo y anulando la Resolución objeto de recurso, reanudándose por parte del Juez de Competiciónd el Grupo 10 de Tercera División el expediente federativo al momento en el que debió darse traslado en su caso al Comité Técnico Andaluz de Árbitros, por si en su derecho y defensa desease efectuar alguna alegación".

De este modo, se vuelve al punto de origen en el que el Juez Único de Competición de la andaluza debe anular la resolución en la que acordaba reanudar el encuentro y que el ente arbitral corriera con los gastos. Ahora habrá que esperar a la defensa del Comité de Árbitros y a una nueva resolución por parte del Juez Único de Competición de la RFAF.

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Ceuta, Martes 28 de Julio del 2026

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