Caballas ha dirigido hoy un escrito al consejero de Fomento, Néstor García, sobre un “Proyecto Integral de Remodelación de la Avenida Alcalde Sánchez Prados, Plaza Virgen de África, Calle Jáudenes y Aledaños”. El importe de dicha inversión, aún pendiente de la redacción del Proyecto, se estima en 6,5 millones, según manifestó usted en respuesta a una interpelación de este Grupo Político en la sesión plenaria celebrada el pasado día 26 de septiembre.
De momento, se conoce que tras existir un borrador de proyecto muy avanzado, redactado por un arquitecto de PROCESA, se tomó la decisión de efectuar una “Encomienda de Gestión” a TRAGSATEC para ·La consultoría y asistencia técnica” para la redacción de dicho proyecto por un importe de 143.560,85 euros y un plazo de tres meses. Sobre esta primera Encomienda de Gestión, ya cabe plantear: en primer lugar, que el encargo no se corresponde con las competencias que sus propios Estatutos asignan a TRAGSATEC, tal y como deja meridianamente claro el artículo 2 apartado b) (sus competencias quedan circunscritas al medio rural, medio ambiente y otros de análoga naturaleza); por otro lado, en la Encomienda de Gestión, aparte de algunos “lugares comunes” y vaguedades, no se especifican las razones que justifican un desembolso de más de ciento cuarenta mil euros, por un trabajo que venía realizando de manera gratuita personal de la Ciudad.
Pero es que, además de esta primera decisión, y en la citada sesión plenaria del pasado día 26 de septiembre, usted ya anunció la determinación de su Gobierno de adjudicar la ejecución del Proyecto a la empresa TRAGSA, mediante una encomienda de gestión inminente. Al respecto, queremos hacerle las advertencias que a continuación detallamos con la intención de evitar una posible judialización de esta iniciativa, por vulnerar la legalidad vigente y apartarse del interés general.
1º.- La Disposición Adicional 25 de la Ley de Contratos del Sector Público, que regula el Régimen Jurídico de la Empresa TRAGSA y sus filiales, establece en su apartado Primero:
“El grupo de sociedades mercantiles estatales integrado por la «Empresa de Transformación Agraria, Sociedad Anónima» (TRAGSA), y las sociedades cuyo capital sea íntegramente de titularidad de ésta, tiene por función la prestación de servicios esenciales en materia de desarrollo rural, conservación del medioambiente, atención a emergencias, y otros ámbitos conexos, con arreglo a lo establecido en esta disposición”
Resulta muy evidente que las obras de Remodelación Integral de la Gran Vía y aledaños que se pretende encomendar a TRAGSA, no están incluidas en el ámbito de sus competencias legales. Pretender “agarrarse como a un clavo ardiendo” a la expresión incluida en el apartado a) del punto 4, en la que se dice “para la mejora de los servicios y recursos públicos”, sin tomar en consideración su contexto en el marco de la sistemática jurídica de la norma, para concluir que TRAGSA “puede hacer cualquier obra” (ya que obviamente toda las obras que emprende una administración mejoran los servicios y recursos públicos) es una interpretación torticera y fraudulenta de la norma. En el apartado Primero se especifica con plena rotundidad la limitación de su ámbito competencial, expresando con claridad que el resto de puntos de esta clausula especifican su desarrollo que en ningún caso, puede contravenir lo que el legislador deja meridianamente claro en el apartado primero.
2º.- Las decisiones de la administración deben estar siempre motivadas. En este caso, que se trata de establecer una excepción a la norma (las obras públicas deben someterse a un procedimiento de licitación abierto que promueva la libre concurrencia). El motivo alegado por usted en la reiterada sesión plenaria del 26 de septiembre: “terminar la obra antes de que acabe la legislatura” resulta desde todo punto de vista insostenible. No estamos ante una obra urgente, ni mucho menos, como es fácilmente comprobables al tratarse de una de las zonas nobles más y mejor cuidadas de la Ciudad. Terminar la obra antes de las elecciones municipales de 2019 es un motivo de interés del PP, pero en ningún caso de la Ciudad.
3º.- La decisión de adjudicar la obra a TRAGSA supone, además, una posible malversación de fondos públicos que los Tribunales tendrán que apreciar en su caso. Al respecto adjuntamos un cuadro en el que figura el “ahorro” que ha supuesto para la Ciudad la licitación pública de las obras. Son las últimas adjudicaciones de la Ciudad del año 2017 y de obras similares.
La licitación de estas obras ha reportado a la Ciudad un ahorro de 3.883.693,97 euros, lo que representa un 34,8% del precio de licitación.
Una previsión razonable nos lleva a pensar que si el proyecto de Remodelación de Gran Vía, cuyo coste estimado es de 6,5 millones de euros, se sometiera a licitación pública se podría hacer por 4,29 millones, lo que supondría un ahorro de 2,21 millones. ¿Cree usted justo que los ciudadanos tengan que pagar 2,21 millones de más por que usted “tenga prisa” en terminar la obra antes de las elecciones? No es preciso recordarle que mas del 40% de la población de Ceuta vive con rentas inferiores a las que limita el umbral de la pobreza.
4º.- El proyecto pretende, entre otras cosas, “corregir el sentido de la circulación” incluso peatonalizando alguna de las actuales vías. Este tipo de proyectos tienen la consideración de “Proyectos de Urbanización”, de conformidad con lo dispuesto en la Normas del PGOU, en concreto, en el artículo 2.4.3, en su apartado 3, en el que dice que tienen la consideración de Proyecto de Urbanización, en todo caso, los que supongan apertura o reforma de viario; entre otros requisito igualmente establecidos en este artículo.
Ello supone la obligación, ineludible, de someter el proyecto a un periodo de exposición pública.
5º.- La zona que se pretende remodelar incluye la Basílica Tardorromana, Bien de Interés Cultural, especialmente protegido, por lo que, además del informe favorable de la Comisión correspondiente, debe, también por este motivo, exponerse al público.