El Ministerio de Trabajo está elaborando una normativa para reformar el sistema de protección por desempleo, simplificando y mejorando el nivel asistencial y creando una prestación complementaria a la contributiva.
Según el texto sometido a consulta pública previa, la nueva protección asistencial por desempleo podrá ser percibida por quienes no tengan los requisitos de cotización necesarios para acceder a la prestación contributiva o por quienes la han agotado y no encuentran empleo.
De esta forma, dejará de ser catalogada como protección por desempleo la recibida por quienes no provenían de un empleo.
Asimismo, ampliará la duración de los subsidios para compensar la derogación de los programas de renta activa de inserción (RAI) y subsidio extraordinario por desempleo (SED), garantizando una protección durante más tiempo.
Con dicha reforma, el Ministerio quiere ampliar la protección por desempleo, mejorando la cobertura al aumentar la duración de los subsidios y eliminando las lagunas de protección del sistema actualmente vigentes.
Dicha reforma simplificará el procedimiento, flexibilizando el acceso y permanencia en el subsidio y reduciendo las cargas administrativas, al tiempo que vinculará esta protección al compromiso de seguimiento y realización de un itinerario personalizado de empleo.
En la actualidad, el sistema de protección por desempleo resulta complejo, con una prestación contributiva, otra asistencial, rentas agrarias, protección para los trabajadores por cuenta propia, programas de forman de empleo, rentas mínimas y prestaciones no contributivas.
A esto se suman los diferentes programas autonómicos que van más allá de la protección por desempleo, pues garantizan recursos mínimos.